Trámite mediante el cual las empresas que no cuentan con sede comercial o administrativa en el Partido de Olavarría reciben autorización para ingresar a desarrollar su actividad económica de manera permanente o esporádica. Las empresas con sede en el Partido de Olavarría deberán actuar como agentes de información en los términos del artículo 20 inc. 2º) de la Ordenanza Fiscal.-
Quién lo puede solicitar
Empresas Extralocales
1º) Se entiende por empresas extralocales, a las personas físicas o jurídicas, proveedores de bienes y/o servicios y/o contratistas de obras, en todos los casos sin sede comercial o administrativa en el Partido de Olavarría, que de manera permanente o esporádica, ejercieran actividad económica en el mismo.
2º) Aquellas firmas o entes públicos o privados que contraten empresas para la realización de cualquier tarea o prestación de servicio en el Partido de Olavarría, o sean representantes o tengan algún tipo de relación, intervención o vinculación con las mismas en la venta o prestación de servicio, tienen la obligación de actuar como agentes de información, con carácter de Declaración Jurada
Documentación a aportar
- Constancia de inscripción en AFIP de la firma, Persona Física, CUIT.
- Constancia de alta temprana de los trabajadores que ingresarán al Partido en caso de corresponder (en caso de ser empleador)
- Constancia de cobertura de ART/Seguro de accidentes personales, según corresponda a la organización que requiere la autorización.
- Detalle de las tareas a realizar en el Partido de Olavarría.
- Duración estimada de las tareas
- Declaración del comitente local de las tareas encomendadas.
- Ubicación de las tareas a desarrollar.
Obligaciones económicas
- La base imponible es el monto de la prestación del servicio a realizar. Sobre ese monto se aplica una alicuota.
Pasos para realizar el trámite
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1
Ingresar a la página del Municipio de Olavarría www.olavarria.gov.ar
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2
Ingresar en el botón “Mi Olava” y acceder en el listado de Registro Municipal de Empresas Extralocales
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3
Completar el formulario con la mayor especificidad posible o descargarlo de AQUÍ y enviarlo completo por correo electrónico a empresas@olavarria.gov.ar
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4
El registro se completa al clickear en el botón “Enviar”
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5
A los 10 días hábiles se recibirá la confirmación de la inscripción en el registro
Dependencia responsable: Secretaría de Desarrollo Económico y Productivo
Plazo del proceso o de la resolución: 10 días hábiles
Marco legal: Artículo 20) de la Ordenanza Fiscal Nº 2460/99 y modif. (T.O. 2020).
D E C R E T O Nº 2953 //rresponde Expte. Nº 2059/20.- OLAVARRÍA, 19 de octubre de 2020.