Consiste en la entrega de material de plantación (álamos y/o sauces) a productores agropecuarios con el objetivo de favorecer la implantación de montes de reparo y/o cortinas forestales en sus predios.

Quién lo puede solicitar

Productores agropecuarios que deseen forestar sus inmuebles rurales. Son admitidas también propuestas para la implantación de sistemas silvopastoriles y agroforestales, cortinas rompevientos y montes de abrigo para el ganado, todas formaciones con doble propósito en función de su buen manejo.

Documentación a aportar

  • Formulario (original y duplicado).
  • Fotocopia simple del título de propiedad del inmueble a forestar. En su defecto, acreditación de la forma de tenencia de la tierra. Si es una empresa, estatuto y delegación de funciones al titular que la representa. Si es un organismo oficial, autorización expresa al titular que lo representa.
  • Plano catastral con la ubicación del establecimiento rural.
  • Croquis detallado del establecimiento, donde conste perfectamente su parcelamiento y ubicación de construcciones y mejoras.
  • Croquis con la ubicación de la forestación propuesta dentro del establecimiento.

Obligaciones económicas

  • No posee.

Pasos para realizar el trámite

  • 1

    Acercarse a las oficinas de la Dirección Agropecuaria, espacio en el que un asesor municipal le informará la documentación que deberá presentar. O realizar consulta vía correo electrónico a: desarrolloagropecuario@olavarria.gov.ar.

  • 2

    Completar toda la documentación con los datos requeridos, acercarla al Municipio que se encargará de enviarla a la Dirección Provincial de Bosques y Forestación para su evaluación.

  • 3

    Aguardar la evaluación provincial de la solicitud. La misma podrá ser aprobada en su totalidad o parcialmente en lo que respecta a la cantidad de material forestal solicitado.

  • 4

    Si la solicitud es aprobada, en el término de un mes (aproximadamente desde la fecha de envío), un agente provincial se pondrá en contacto para informarle las condiciones de retiro del material forestal. Se debe tener en cuenta que el retiro de dicho material estará a cargo del productor.

Dependencia responsable: Dirección Agropecuaria.

Plazo del proceso o de la resolución: 90 días hábiles.

Marco legal: Resolución N°939/03 (Ministerio de Desarrollo Agrario).

Contacto

Av. Circunvalación 1545 (al lado de la VTV)

Lunes a viernes de 8 a 13 hs.

02284 460599

desarrolloagropecuario@olavarria.gov.ar

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