​Trámite mediante el cual se obtiene el documento que certifica la discapacidad de una persona. Es válido en todo el país y le permite, a las personas con discapacidad, ejercer sus derechos y acceder a las prestaciones previstas en las leyes nacionales 22431 y 24901.

Quién lo puede solicitar

Toda persona que posea alguna o varias deficiencias, de origen motriz, visceral, sensorial, intelectual o mental. Y por las cuales no puedan desempeñarse en igualdad de condiciones en la sociedad.

Documentación a aportar

  • Resumen de Historia clínica.
  • Estudios complementarios y/o planillas, según corresponda.
  • Fotocopia de documento, y de obra social si posee.
  • De ser menor de edad, se solicita también fotocopia de documento de madre/padre o tutor.

Obligaciones económicas

  • No posee.

Pasos para realizar el trámite

    • 1

      Acercarse a la Dirección de Discapacidad y Personas Mayores para solicitar las planillas que dan inicio al trámite

    • 2

      Presentar la documentación solicitada.

    • 3

      Se le brindará un turno con la Junta Evaluadora Interdisciplinaria.

    • 4

      La persona interesada en acceder al certificado único de discapacidad se deberá presentar en el día y horario del turno otorgado, allí, la Junta evaluará si certifica discapacidad según la normativa vigente.

    • 5

      Si efectivamente certifica discapacidad, se emitirá el CUD en un plazo de 15 a 20 días aproximadamente y se entregará con la invitación a una charla informativa vinculada al uso del mismo y el acceso a los derechos que facilita.

    • 6

      Si la persona no certificara una discapacidad, se le hará una denegatoria. En caso de que la condición empeorara, o que la normativa cambiara podrá, luego de seis meses, volver a solicitar un turno con la Junta Evaluadora Interdisciplinaria.

Dependencia responsable: Dirección de Discapacidad y Personas Mayores.

Marco legal: LEY Nro 22.431 Sistema de protección integral de los discapacitados Buenos Aires, 16 de marzo de 1981. LEY Nro 24.901 Sancionada: Noviembre 5 de 1997. Promulgada de Hecho: Diciembre 2 de 1997. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley: Sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad. ACCESO AL MARCO LEGAL 

Contacto

Las Heras 5398 (esquina La Rioja)

Lunes a viernes de 7 a 13 hs.

02284 – 428333 / 419561

Discapacidad y personas mayores

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